miércoles, 9 de octubre de 2013

60 AÑOS DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS PERSONAS CON MAS AÑOS EN EL MUNDO ESPERANDO POR SUS DERECHOS




DECLARACION UNIVERSAL SE ARRUGA EN PAPEL

 

SE ARRUGA EN PAPEL DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS  Y ADULTOS MAYORES SIN PROTECCION NI CONSIDERACION.

DICHOS DRECHOS FUERON APROBADOS EL

10 DE DICIEMBRE DEL 1948, TIENE  MAS DE 60 AÑOS Y ADULTOS MAYORES O LAS PERSONAS DE EDAD PLATEADA Y EDAD DORADA MUEREN ESPERANDO POR ESTOS DERECHOS.

 60

La Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobada

el 10 de Diciembre de 1948, representa un punto de referencia fundamental para

todos los pueblos del mundo, en la definición de un conjunto de derechos básicos.

Esta Declaración tiene como antecedentes las declaraciones de la independencia

de las colonias de Nueva Inglaterra (la Declaración de Virginia) y de la Revolución

Francesa (Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano), del siglo XVIII.

Su fundamento es el reconocimiento de la dignidad humana que tienen todos los

seres humanos (tema planteado en el Preámbulo de la Declaración), y la afirmación

del principio de no discriminación.

Se considera esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen

de Derecho, que ampare a las personas ante la tiranía y la opresión. Asimismo

promueve que los pueblos y las naciones se esfuercen en la implementación de

medidas progresivas de carácter nacional e internacional, que faciliten su

reconocimiento y aplicación efectiva.

Una importante diferencia entre la declaración universal de 1948 y sus antecesoras,

es la titularidad de los sujetos. En el siglo XVIII el titular de los derechos era el

hombre, típicamente el burgués de esa época, como lo dice Navarrete1 en la

Declaración Universal los titulares somos todos los seres humanos, sin

discriminación de ninguna índole, como claramente se señala en el art. 2°: “Toda

persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin

distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier

otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier

otra condición.”

 

II. El concepto de Derechos Humanos

Los documentos de las Naciones Unidas no definen el concepto de los derechos

humanos, sino que en esta Declaración se enumera un elenco básico de derechos:

derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, a no ser víctima de tortura ni tratos

crueles o degradantes, etc. Sin embargo es evidente, y así lo señala NIkken,

Pedro2, que Históricamente, la noción de derechos humanos se corresponde con la

afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado. Son derechos inherentes a

la persona y se afirman frente al poder público. La comunidad internacional

 

 Considerando que, no obstante dichas iniciativas, todavía no existe una sensibilidad universal suficiente para encarar con pleno éxito el reto de la revolución demográfica, constatándose incluso cierto grado de regresión en los esfuerzos de algunos países entre 1992 y 1996.

 Considerando que los adultos mayores sin duda continúa sufriendo discriminaciones etaria, siendo considerados en muchos casos crecientes para una inversión social que no tendrá condiciones de revertirse a la sociedad.

 Considerando, por último, que el adulto mayor es amparado cómo ser humano igual en derechos a todos las demás integrantes de la sociedad, por la Declaración universal de los derechos Humanos ( Art. 25 numeral 1), el Plan de acción Internacional de Viena sobre Envejecimiento, la Resolución de las Naciones Unidas Nº 40/30 de 29/11/85, la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas Nº 44/77 de 8/12/89, y la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo en su informe Final ( Doc A/CONF 17713 de 18/10/94 ).

 

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

 

 Se proclama la presente Declaración de los Derechos del Adulto Mayor como ideal común por el cual todos los pueblos y estados deben orientar sus esfuerzos dirigidos a lograr que lo importante y creciente porción de la población global constituida por personas de edad pueda disfrutar en el futuro de los derechos del bienestar y del reconocimiento social que le corresponden, no sólo por sus servicios pasados, sino también por lo que todavía están en capacidad y disposición de prestar.

Artículo 1° .- Los derechos de los adultos mayores se inscriben en la estructura general de los derechos humanos, y deben ser respetados como tales en su integridad.

Artículo 2° .- El Adulto Mayor tiene el derecho de ser tratado como ciudadano digno y autónomo no sólo por sus méritos pasados sino también por los aportes que aún puede hacer al bienestar de la sociedad. Debe garantizarse un trato digno y no discriminatorio del adulto mayor, sin que en ello infieran consideraciones relacionadas con su edad, género, raza, nacionalidad o credo.

Artículo 3° .- El Adulto Mayor tiene el derecho a recibir el apoyo familiar y social necesario para garantizarle una vida saludable, segura, útil y agradable.

Artículo 4°.- El Adulto Mayor tiene derecho de integración y la comunicación intergeneracional a la vez que intra-generacional, y debe disfrutar de amplias posibilidades de participación en la vida social, cultural, económica y política de su comunidad y país. Es un derecho del Adulto Mayor el que la sociedad y el Estado le brinden las oportunidades necesarias para que pueda continuar el desarrollo de su potencial y colocarlo al servicio de la comunidad.

Artículo 5° .- El Adulto Mayor tiene derecho al acceso a los servicios de salud, a través de una atención médico-asistencial integral y permanente y que aliente la atención a la salud en el ámbito familiar.

Artículo 6° .- El Adulto Mayor tiene derecho a que las autoridades nacionales, las sociedades civiles y la comunidad internacional alienten los estudios y las investigaciones en el ámbito de la gerontología e intercambien información sobre esa materia.

Artículo 7° .- El Adulto Mayor tiene derecho a una alimentación sana, suficiente y adecuada a las condiciones de su edad, y por ello deben alentarse y difundirse los estudios y los conocimientos nutricionales correspondientes.

Artículo 8° .- El Adulto Mayor tiene derecho a vivir en una sociedad sensibilizada con respecto a sus problemas, sus méritos y sus potencialidades. Tanto en los diversos medios nacionales como a nivel internacional debe propiciarse un vasto esfuerzo para educar a todas las personas dentro de un espíritu de comprensión y tolerancia intergeneracional.

Artículo 9° .- El Adulto Mayor tiene derecho a facilidades y descuentos en tarifas para los transportes y las actividades  de educación, cultura y recreación.

Artículo 10° .- El Adulto Mayor tiene derecho a vivir en una sociedad sensibilizada con respecto a sus problemas, sus méritos y sus potencialidades. Tanto los diversos medios nacionales como a nivel internacional debe proporcionarse un vasto esfuerzo para educar a todas las personas dentro de un espíritu de comprensión y tolerancia e inter-generacional.

Articulo 11º - El Adulto mayor tiene derecho al acceso a programas de educación y capitación que le permitan seguir siendo productivo y ganar ingresos si él lo desea y su salud lo permite.

Articulo 12 - El Adulto Mayor tiene derecho a escoger dentro del marco de los diversos ordenamiento jurídicos nacionales de las normas de jubilación y de pensión entre aquellas que le ofrezcan diversas opciones con respecto a la edad de retiro y conlleve la posibilidad de seguir total o parcialmente activo más allá de la edad mínima de retiro.

Articulo 13 - El Adulto Mayor tiene derecho a ser tenido en cuenta como fuente de experiencia y de conocimientos útiles para el conjunto de la sociedad. Debe aprovecharse su potencialidad como instructor o asesor en aprendizaje y desarrollo de oficios, profesiones, artes y ciencias.

Articulo 14 - El Adulto Mayor tiene derecho a la integración multigeneracional. En la medida de lo posible debe evitarse toda segregación de las personas de edad en espacios reservados o su exclusión de actividades sociales. Debe ser propiciada a todos los niveles de formación de grupos multi-etarios.

Articulo 15 – El Adulto Mayor tiene derecho a la más plena protección de su seguridad física y su integridad moral contra todo tipo de violencia de ofensas, de discriminación y de extorsión. Cada Estado dispondrá las medidas necesarias de protección para que estos derechos se realicen efectivamente, basados en el principio de fácil acceso a los órganos administrativos y judiciales correspondientes.

Articulo 16 – El Adulto Mayor tiene derecho a que se establezca un mecanismo protector a nivel internacional para la tutela, fiscalización y protección de sus derechos a escala mundial.

Articulo 17 – La condición de Adulto Mayor será un factor a tener en cuenta en los procesos civiles o penales en que se vea involucrado.

Articulo 18 – El Adulto Mayor tiene derecho de disfrutar del trato solidario y deferente establecido en los artículos anteriores, aunque no se encuentre en su propio país. Como principio general, los beneficios que la legislación nacional otorgue a las personas mayores de su propia nacionalidad, deben ser extendidas en forma igual a las personas mayores de nacionalidad extranjera, legalmente residenciadas.

Articulo 19 – El Adulto Mayor tiene derecho a disfrutar del apoyo y del auxilio de su familia, y particularmente de sus descendientes directos.

Articulo 20 – El Estado es el responsable directo de garantizar el respecto a los derechos generales enunciados, los cuales engloban a todos los demás derechos particulares, tanto de la comunidad como de los adultos mayores en particular. 



COMUNICACIÓN ENVIADA AL SEÑOR BAN KI MOOM, POR LA FUNDACION ONEYDA CAYETANO EN EL AÑO 2007.

 

 

                                                                                         28 de agosto del 2007

                                                                                         Santo Domingo, D.N.

 

Señor:

BAN KI-MOOM

 

Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas

ONU

Su Despacho.-

 

Su Excelencia señor Ki-Moom:

 

Tenemos el honor de dirigirnos a su excelencia, en nombre de todos y cada uno de los miembros que integramos la Fundación Oneyda Cayetano a Beneficio de Envejecientes en Asilos y Hogar de Leprosos, (FOCBEAHOL), para extenderle un afectuoso saludo; a la vez, es de nuestro interés darle a conocer nuestra fundación.

 

La misma es una institución Sin Fines de Lucro, que ha hecho suyo el desafío de velar por los ancianos más pobres y desvalidos de nuestro país la Republica Dominicana, en especial los que residen en los 24 hogares de ancianos públicos en donde se acogen 2,500 ancianos. En República Dominicana, existen 32 Hogares de Ancianos o Hospicios de los cuales 24 son públicos y están tanto en la capital como en los pueblos.

 

Lamentablemente dichos centros de residencia para envejecientes no tienen la modernidad ni los programas que se requiere para satisfacer las necesidades de las personas mayores, por lo que estos ancianos se van deteriorando física y mentalmente, debido a la inactividad a la que están sometidos.

 

Con frecuencia estos ancianos sufren accidentes; los más comunes son las caídas en los baños, ya que las instalaciones no cuentan con la seguridad adecuada.  

 

Uno de los mayores objetivos de FOCBEAHOL, es trabajar el lado Humano y emocional de estas personas, ante todo que sus opiniones sean tomadas en cuenta, por ejemplo: que alimentación y cuidados prefieren; reafirmar su auto estima para que se sientan todavía capaces de tomar decisiones.

 

En el año 2005, la señora Oneyda Cayetano presento al señor Procurador General de la Republica, el proyecto de una institución de Derecho Civil que se encargara de la administración de los Hogares de Ancianos, los cuales están en manos de Salud Pública y los mismos presentan serios problemas de manutención y financiamiento. Al reconocer el señor Procurador, la triste realidad el 8 de diciembre del 2005 incorporo la Fundación oneyda Cayetano. 

 

Aunque el Estado Dominicano no nos ha incluido en el Presupuesto Nacional, vamos a realizar nuestro trabajo, no es fácil pero Dios nos guiara.

 

En ese sentido solicitamos de usted su excelencia su sabia y elevada intervención para que la ley 352-98 sobre Protección a las personas envejecientes sea valorizada y se respeten los derechos que contiene dicha ley a beneficio de los mismos, rogamos su apoyo para que el Gobierno Dominicano se digne a crear el Comité que se encargara de que la misma sea aplicada. Dicha ley fue promulgada en el año 1998 y aun los ancianos no han visto ni recibido los beneficios.

 

La señora Oneyda Cayetano Suberví, escribió el libro titulado ¨Hogar Triste Hogar ¨, el cual trata la realidad que viven estas personas  mayores hogarizadas y a la vez un llamado a reflexionar

a los familiares, el Estado y la Sociedad, el mismo contiene fotos, conversaciones, y temas a favor de estos envejecientes.

 

Estamos solicitando la cooperación y capacidad a instituciones internacionales que trabajan con programas y proyectos muy buenos a favor de los ancianos; con capacitación para nuestros recursos humanos, ya que tenemos en proyecto habilitar áreas en estos centros en las cuales los envejecientes puedan realizar actividades físicas, mentales y de manualidades.

 

Esta institución persigue el propósito de mejorar la calidad de vida de los ancianos en nuestro país.

 

Por lo antes expuesto, necesitamos de su apoyo para fortalecer el rol que nos hemos propuesto. Abrigamos las esperanzas de que estas personas no sufran el abandono, en especial de sus familiares. Cualquier sugerencia que pueda brindarnos será bien acogida y agradecida.

 

Queremos citar que consideramos que la ley de los Derechos del Anciano hogarizado, explicados por la Asamblea Permanente de los Derechos Humanos Internacionales,  es muy apropiada, ya que la misma establece que se les mantenga activos y se les de participación lo que es muy beneficioso para ellos. 

 

Con respecto a la ley 352-98, también contiene buenos beneficios para los envejecientes, aunque queremos proponer algunas modificaciones, una de ellas es que se aplique alguna obligación  a los familiares en especial a los hijos de estas personas para que por lo menos una vez al mes para que por lo menos una vez al mes les visiten.

 

Acudimos a usted por sus elevados sentimientos y el don de la palabra con que Dios le ha bendecido, reconocemos sus esfuerzos y éxitos en la búsqueda de un mundo mejor para los necesitados.

 

La señora Oneyda Cayetano Subervi, Presidenta de la fundación esta haciendo acto de presencia en los Estados Unidos hasta el 9 de septiembre  en la calle Brook, no. ____, Av. Waltham, Massachussets, Boston  Tel._________________

 

 

Finalmente permítanos expresar nuestros agradecimientos por la cooperación que pueda brindarnos la ONU, la cual tan dignamente usted representa, tenemos las esperanzas de que nuestros pedidos sean tomados en cuenta.

 

 

Aprovechamos la ocasión para transmitirle nuestros cordiales saludos unidos a nuestros sentimientos de elevada estima y consideración

 

Muy atentamente

 

 

Oneyda Cayetano Suberví                                                     Francisco A. Cayetano  S.                                      

Presidenta- fundadora                                                                   Vice-Presidente

                      

 

Federico B.

Secretario General

 

ANEXOS:

 

-Listado de algunos de los 24 hogares de ancianos, programas y proyectos de FOCBEAHOL.

-Copias de documentos de nuestra fundación

-Una ley 352-98

-Copias de Comunicación a la encargada de la ONU en Republica Dominicana

-Comunicación al Secretario  de Salud Publica

-Comunicación al Presidente de los Derechos Humanos de Republica Dominicana

-Un libro titulado Hogar Triste Hogar

-Reseñas periodísticas de medios de comunicación tanto nacional como internacional  

-Fotos de algunas actividades realizadas y comunicación de felicitaciones del señor cardenal.



WHY DO THE VOICES OF THE ELDERLY TO BE HEARD AT THE UNITED NATIONS? 

 
Because our elders if they are important for the rulers and desicion makers, who only take into account voting or electoral choice.
 The only right to respect them and the elderly in some parts of the world is the Right to Vote; this is the only occasion on which many rulers or would take into account our elders.
 So you do one of the themes that we emphasize is the fact of this important duty, as it met with much greater respect and obligation, and we mean it is the obligation they feel to comply with it, appearing to polling stations regardless of the physical conditions that prevent them from moving to them.
 Our elders are to exercise their right to vote in wheelchairs, on crutches or in the arms of a relative or friend, the fact fulfill this important duty, you have to remind governments of the world to recognize they also deserve protection rights in every sense of the word and not hurt but by law and democracy.
 Suppose that older people consider not exercise this right, since they are not valued by the rulers in their proper perspective What would become of a vote in which a million or more people refused to comply with it?,insurance that would be taken into account is on.
 So we believe that this is one of the important points to consider when assessing the importance of our elders, participation will have theGlobal Alliance for the Rights of the Elderly.
 In fact in the vote of 2008 in the Dominican Republic Oneyda Cayetano Foundation, suggested that polling stations were placed in Nursing, so that older adults living in these places to exercise their right to vote, because in his Most have their documents, which are supplied by their families to the managers of these centers.
 An investigation of which were either physically, mentally or in capacity, all with the purpose of being taken into account.
 So do not lose hope that this duty and others no less important for the major is taken into account.The Global Alliance for the Rights of the Elderly, will try to reach older people around the world and ensure that their voices are heard by the United Nations (UN) and its two members this ¬.Cayetano Oneyda

 

 

 

 

Asilo de ancianos carece hasta de pan

 

| HOY.COM.DO | 23-02-2002




BOCA CHICA.- Hasta los créditos para el pan, el café, pañales desechables y el gas para cocinar fueron suspendidos al Hogar de Ancianas Nuestra Señora del Carmen, que funciona en Boca Chica, como consecuencia de las deudas acumuladas con los suplidores.
Sor Carmen Baquero, directora del centro, dijo que como consecuencia de la suspensión del subsidio por parte de la secretaría de Salud Pública, han pensado en cerrar el asilo, pero el 85% de las ancianas no tiene otro lugar a donde ir.
Dijo que pidió clemencia a la primera dama de la República, Rosa Gómez de Mejía, y la vicepresidenta de la República Milagros Ortiz Bosch.
La directora del Hogar de Ancianas expresó la situación es calamitosa al acumular tres meses del subsidios que les enviaba el gobierno.
"Debido a esa realidad vino el vendedor del pan y nos dijo que no podía dejarnos el producto. Nos llamó el del gas para decirnos que no podía seguir acreditándonos, luego llegó el del café y no dejó ni un paquete. Lo mismo ocurrió con los pollos", relató Sor Baquero.
Expuso que alertó a la Primera Dama y la Vicepresidenta sobre la necesidad de enviar a los abuelos a sus casas en caso de que en el presente mes no recibieran los subsidios atrasados.
"Nos comunicamos con doña Rosa y la doctora Ortiz Bosch advirtiéndoles que solamente aguantábamos este mes. Que si Salud Pública no nos pagaba nos veríamos en la obligación de enviar a los abuelos a sus casas, cosa muy difícil porque más del 80% no tiene familia", precisó.
Indicó que hay algunos familiares de ancianos que pueden colaborar, pero que como están acostumbrados a que se los den todo no aportan para que el hogar pueda seguir funcionando.
En el Hogar habitan 60 ancianas, pero dependen del lugar otras 25 personas que trabajan para mantener los servicios que se ofrecen.
La subvención que recibe el Hogar de Ancianos Nuestra Señora del Carmen es de RD$91,460, pero que de tres meses que las autoridades adeudan apenas uno llegó el pasado jueves.
Dijo que aún sin el retraso enfrentan dificultades, tras recordar que el 90% de las ancianas consumen pañales desechables que una caja cuesta más de RD$1,000.
Señaló que el centro se encarga del vestido de las abuelas, el aseo, el mantenimiento del edificio, los medicamentos, entre otras atenciones que como se observa no se resuelven con los recursos que reciben.
Recordó que el Hogar fue fundado por la extinta hermana del ex presidente Joaquín Balaguer, doña Enma Balaguer, en 1975, y que desde ese año reciben los mismos recursos por parte del gobierno.
Manifestó que el personal del centro hace esfuerzo extraordinarios para mantener el hogar en óptimas condiciones de higiene, ya que son seres humanos los que acogen con limitaciones físicas por la avanzada edad que tienen.
Señaló que la persona más joven allí tiene 75 años, por lo que la sociedad se puede imaginar las atenciones que necesita la mayoría. "Hay que hasta bañarlas, porque ya sus músculos no permiten su movilidad."
Consideró el actual como uno de los peores momentos que ha pasado el hogar de ancianos, debido a que en otras épocas no había retrasos en la entrega de la subvención.
Recordó que ella fue fundadora de ese lugar, en 1975, luego salió y se dedicó a la enseñanza, pero que regresó en el 2000 por disposición de la orden franciscana a la que pertenece.
Entrevistada en su oficina del hogar, Sor Baquero indicó que cuando ha ido a reclamar las subvenciones atrasadas a Salud Pública la respuesta ha sido que no hay dinero.
Reveló que otro de los problemas que atraviesan es que de Salud Pública cancelan a algunos de los que laboran en el hogar sin ninguna explicación, por lo que han tenido que disponer de los pocos ahorros para pagar mensualidades.
"Yo he tenido que pagar durante en el año 2001 y este año, hasta cinco, seis, nueve y diez salarios, que como observa de una subvención que a veces no llega, es poco lo que se puede hacer, porque se va estrujando el cheque y cuando viene a ver sólo te queda el papelillo", explicó.
La directora del Hogar de Ancianas Nuestra Señora del Carmen, pide al presidente Hipólito Mejía que no permita que cierren el hogar de ancianos de Boca Chica, ya que las abuelas no tienen a donde ir.

 


¿POR QUE EN FUNDACION ONEYDA CAYETANO DEFENDEMOS Y EXIGIMOS EL RESPETO Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS ADULTOS MAYORES?

Para la declaración de la ONU de 1948, véase Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos[1] que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantía de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.



FUNDACION ONEYDA CAYETANO



LLEGAR A VIEJO EN REPUBLICA DOMINICANA ES EXPONERSE AL MALTRATO Y AL RECHAZO

 

 

“Un millón 100 mil personas sobre los 65 años de edad viven en República Dominicana. Es una etapa donde se necesita de atención médica oportuna, medicamentos, garantías de pensión y un techo”

 

25 de junio del 2012

Enviado por: Acento.com.do

Después de servir toda la vida, se les trata como estorbos. Acento.com.do/Archivo.

 

 

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-“Quien escucha consejos muere de viejo”, reza un viejo y sabio refrán, que buscar advertir a niños y jóvenes sobre la necesidad de no cometer errores costosos que podrían acortar la vida.
Llegar a la edad de anciano o envejeciente habla de una vida llevada en equilibrio y de haber servido muchos años a la familia y a la sociedad.
Pero no siempre el pago que se recibe por toda una vida de servicio se corresponde con esos aportes, por lo menos en la República Dominicana, en donde las personas mayores sufren exclusión, desprecio y hasta maltratos, según revela un reportaje de la periodista Nuria Piera, presentado este sábado en su  programa Nuria-Investigación periodística, que se transmite por Color Visión, a las 9 de la noche, y los lunes a las 8 de la noche por CDN.
“Un millón 100 mil personas sobre los 65 años de edad viven en República Dominicana. Es una etapa donde se necesita de atención médica oportuna, medicamentos, garantías de pensión y un techo propio, pero lamentablemente en nuestro país las condiciones de muchos adultos mayores es de vulnerabilidad”, expuso Nuria Piera.
Explicó que para dar garantías y protección a los envejecientes fue promulgada en 1998 la ley 352-98, una ley que abarca puntos fundamentales para la vida de una persona envejeciente; desde sus derechos a la educación, bienestar social, empleo y generación de ingresos, salud, hasta el respeto y dignidad de que es merecedora toda persona.

“¿Ustedes aplican el descuento?”, se le preguntó al empleado del Metro, y éste respondió: “No, porque aquí no aplica”

Esta ley considera envejeciente a toda persona mayor de sesenta y cinco años de edad, o menos, que debido al proceso de envejecimiento, experimente cambios progresivos desde el punto de vista psicológico, biológico, social o material.
Oneyda Cayetano Suberví, Directora Fundación Oneyda Cayetano, entidad que trabaja para bienestar de envejecientes, explica sobre la ley:
“Es una herramienta importantísima, que garantiza los derechos fundamentales de nuestros mayores, pero lamentablemente nunca se ha cumplido”.
Nuria Piera resalta que, en el papel, es una ley que describe el país ideal para los envejecientes, pero en la práctica ocurre exactamente lo contrario con los envejecientes dominicanos.
Indica que uno de los artículos de la ley más utópicos es el número 46, que trata sobre los beneficios especiales, donde se plantea que todo dominicano mayor de 65 años de edad será provisto de un carnet de exoneración con el que gozará de los siguientes beneficios:
a) Un descuento del 30% en los precios que se cobren como entrada general o tarifa económica en las actividades de recreación y entretenimiento, tales como cines, teatros, deportes y espectáculos
públicos variados, siempre que no se trate de actividades de beneficencia debidamente autorizadas.
b) Un descuento en el transporte público de acuerdo con la siguiente calificación:
-Autobuses interurbanos, treinta por ciento (30%),
- Carros públicos veinte por ciento (20%), a excepción de las horas comprendidas entre las 6-9 AM y 4-6 PM.
c) Un descuento del quince por ciento (15%) en los servicios médicos sanitarios en hospitales y clínicas privadas.
d) Un descuento del diez (10%) en las consultas médicas privadas.
e) Un descuento de un punto porcentual en la tasa de interés en los préstamos hipotecarios de vivienda para uso propio.
f) Exoneración total del monto que se cobre por concepto de matrícula y mensualidades en las instituciones estatales de educación.
Con una cámara oculta reporteros de Nuria-Investigación periodística visitaron varios lugares para confirmar si cumplían con la ley que obliga a dar descuentos y facilidades a los envejecientes.

En el Teatro Nacional, un envejeciente que acompañó a los reporteros intentó comprar una taquilla y pidió el descuento que según la ley debe hacerse a las personas mayores.
Ante el reclamo del envejeciente, la empleada del teatro expresó: “Eso no lo sabía, porque aquí no se aplica eso”.
La empleada ni
siquiera conocía la existencia de la ley y se extrañó con la exigencia del envejeciente. De la misma manera se extrañó un empleado de boletería del Metro de Santo Domingo, cuando la persona envejeciente le reclamó el descuento.
“¿Ustedes aplican el descuento?”, se le preguntó al empleado del Metro, y éste respondió: “No, porque aquí no aplica”.
De igual manera, en la universidad del Estado, la Autónoma de Santo Domingo, se ignora que los envejecientes tienen derecho a recibir facilidades para estudiar, si así lo quisieran.
Ante la solicitud, con extrañeza, los empleados de la UASD pidieron al envejeciente se reconfirmara si existían tales facilidades en el Departamento de Bienestar Estudiantil.
Los empleados de la UASD, al tiempo que afirmaron que no era posible dar descuentos o becas a un envejeciente, argumentaron que un envejeciente no puede ser beneficiado con una matrícula gratuita.
Asimismo, los reporteros de Nuria-Investigación periodística, probaron con un consultorio médico privado.
“Como en la edad mayor adulta el seguimiento médico es tan frecuente también llamamos a la consulta de un cardiólogo, a ver si podíamos obtener un descuento”, expuso Nuria Piera.
Se obtuvieron los mismos resultados: El rechazo a dar facilidades a las personas entradas en edad, además del desconocimiento total de la existencia de la ley que otorga un trato preferente a los y las personas de 65 años en adelante.
“Pero en nuestra investigación, donde más trabajo pasamos fue al montarnos en una guagua del transporte público. Por más que nuestro acompañante envejeciente intentaba hablar con el cobrador, éste ni caso le hacía”, narró.
El cobrador, que a todas luces ignoraba la existencia de la ley, dio un trato descortés al envejeciente, exigiéndole el mismo pago que a los demás, y sin prestarle la más mínima atención a sus explicaciones.
Luego de que el envejeciente le pagara al cobrador los 25 pesos de la tarifa de la guagua, los reporteros se identificaron y le explicaron al empleado que existe una ley, a lo cual reaccionó con la siguiente expresión:
“¡Le dije que no!”.
Luego de esta travesía el envejeciente que acompañó a los reporteros, que tiene 66 años de edad, reflexionó sobre el riesgo que correrían las personas mayores en las calles de República Dominicana cuando estén reclamando su derecho:
“Uno lo que se va a buscar es que lo saquen a patá”, expresó.
El desconocimiento de la ley 352-98 sobre protección de la persona envejeciente es de un porcentaje muy alto y notorio entre los ciudadanos, lo que quedó demostrado con un sondeo llevado a cabo por el programa Nuria-Investigación Periodística. La gran mayoría de los entrevistados no tenía idea de la existencia de la ley.
Por su lado, las autoridades del Consejo Nacional de la Persona Envejeciente (CONAPE), dijeron que están conscientes de la falta de ejecución de la ley.
La Dra. Carmen Ortiz, Encargada de la División Legal, CONAPE, explicó:
“En cuanto a la aplicación de la ley 352-98, está un poco lenta, porque no está acorde con los tiempos de ahora”.
Nuria Piera afirmó que más que la ley sea inadecuada para la época, lo que salta a la vista es la falta de voluntad de las autoridades para promocionar y hacer cumplir esta ley tan desconocida.
“Nosotros estamos trabajando a partir de cinco años para acá, esa ley se promulgo en ese tiempo, pero esa ley se movió después de que está el CONAPE, antes no sé lo que se hacía, porque yo como abogada tampoco la conocía”, explicó la Dra. Carmen Ortiz, Encargada de la División Legal, CONAPE.
En estos momentos está depositado en el Congreso Nacional un proyecto de ley que busca modificar la legislación existente para que sea reducida a 60 años la edad en la que se considere a una persona envejeciente,  y para procurar sanciones en los casos de maltrato.
“Precisamente estamos hablando con la modificación de la ley, ya está el anteproyecto para modificar algunos artículos. La presente ley nos limita a nosotros a trabajar, en el sentido de que no hay ninguna sanción que establezca en cuanto a los maltratos al adulto mayor”, indicó la funcionaria.
Uno de los aspectos que no se cumple en la presente ley es que el artículo 51, sobre los fondos que debe recibir el CONAPE para hacer cumplir la legislación.
“Según establece este artículo, el CONAPE debe recibir un 10 % del presupuesto que los ayuntamientos destinan al área de salud para ser repartidos equitativamente entre los hogares de ancianos de las respectivas ciudades. Asimismo, el uno por ciento del monto ganado en efectivo por quienes resulten ganadores con el primer premio de los sorteos de la Lotería Nacional y de cualquier juego electrónico autorizado”, resaltó Nuria Piera.
En estos momentos el CONADE recibe del ministerio de Salud Pública una asignación de 55 millones de pesos al año, recursos que utiliza en sus gastos operativos, de los cuales una buena porción está destinada a los sueldos de 115 empleados.
“Esto nos muestra como al promulgarse una ley lo que sí se busca es la creación de las estructuras burocráticas, y en un orden muy lejano la procura del cumplimiento del espíritu de la ley”, expresó la periodista.
Por su lado, Oneyda Cayetano Suberví, Directora de la Fundación Oneyda Cayetano, que trabaja para bienestar de los envejecientes, expresó:
“El único artículo que se cumple es el artículo 23, que es el que crea al Consejo Nacional de la Persona Envejeciente, pero nada que tenga que ver con beneficiar a los adultos mayores”.
Nuria Piera indicó que el CONAPE defiende su razón de ser al afirmar que reciben quejas de maltratos a envejecientes y las tramitan al Ministerio Público, además de que han hecho algunos impresos desplegables para promover los derechos de los envejecientes, a los cuales les entregan la tarjeta de solidaridad con 400 pesos y unos paquetes de alimentos, que contienen tres jugos, tres maltas, tres leches, dos paquetes de pañales desechables, un cereal, un paquete de pañitos húmedos, guantes, cepillo dental y pasta mediana, una crema y un enjuague bucal. A otros envejecientes les entregan Otro tipo paquete con insumos para el baño.


“La protección a los envejecientes es más que eso, se necesitan servicios de salud más eficientes, garantías de una pensión digna y a tiempo y estancias gratuitas para que reciban cuidado los que estén desamparados. Todavía nos falta mucho para tener una protección verdadera para aquellos que dieron todo por su familia y la sociedad, pues hasta ahora se han logrado beneficios que envejecen en un papel”, precisó Nuria Piera.

 

 

PIDEN LIBERAR IMPUESTOS MEDICAMENTOS ANCIANOS

Publicado por el periódico El Nacional

Jueves 30 de Octubre de 2008

 

 

La Fundación Oneyda Cayetano solicito al ex-director General de Aduanas, disponer que los medicamentos para los problemas de salud de los envejecientes estén libres de impuestos.

El planteamiento fue realizado por la señora Oneyda Cayetano Subervi, presidenta de la Fundación en carta dirigida al ex-director del organismo, licenciado Miguel Cocco; quien lamentablemente falleció. 

La solicitud busca que las medicinas utilizadas para el tratamiento de hipertensión, problemas cardiovasculares, colesterol, diabetes, mal de Alzheimer, males neurológicos, infartos, derrames cerebrales y otros puedan entrar libre de impuestos. Estimo que  si esos medicamentos o las materias primas para su elaboración entran al país libres de impuestos "se lograra un costo menor y así las persona que están obligados a tomarlos de por vida pudieran llevar sus tratamientos como están indicados."  

Dijo que esto evitara el deterioro progresivo tanto físico como psicológico que provocan estas enfermedades "y lo más importante aún es que con estas medidas lograremos salvar vidas." 

La señora Cayetano Suberví, anexo a su carta una lista de medicamentos de marcas y genéricos que a su juicio deben entrar libres de impuestos al país.

Dicho artículo fue publicado en fecha del jueves 30 de Octubre del 2008, por el Periódico El Nacional.

Oneyda Cayetano Suberví, presidenta Fundación Oneyda Cayetano a Beneficio de Envejecientes en Asilos y Hogar de Leprosos, FOCBEAHOL,

 

 

PUBLICADO POR EL PERIODICO EL NACIONAL

A SEGURA QUE HAY DISCRIMNACION 

 

30 Marzo 2011, 1:06 PM

 

PENSIONADA DICE  MALTRATAN  EN PN

Escrito por: Shira Abreu (s.abreu@elnacional.com.do)

Una sargento mayor pensionada de la Policía Nacional denunció que en las instituciones castrenses se cometen muchas  injusticias y maltratos contra sus propios agentes.
Oneyda Cayetano Subervi, que dirige una fundación en beneficio de los envejecientes que viven en asilos,   se quejó de que una persona pensionada, después de dedicar su vida al servicio, tiene que esperar tres meses para recibir su primer pago de pensión y tres años para obtener sus prestaciones laborales.
En una comunicación enviada a la dirección de El Nacional, la pensionada el 27 de febrero de este año por antigüedad en el servicio se quejó de que en la Policía sólo los que están “enllavados”, es decir los que son amigos de los superiores, disfrutan de salarios dignos y hasta comidas mejores.
De sus 20 años de servicio en la Policía, los últimos 18 estuvo adscrita a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD). “En dicha institución sólo viví discriminación y exclusión, ya que el que no está enllavados  no merece ni comerse una comida buena, comida que nos descuentan del cheque de la Policía y que sólo son coditos o sardinas”, precisó.
Aseguró que en su caso sólo recibía tres mil pesos cada mes, mientras que otros, de los “enllavados”, recibían 15 y 20 mil pesos por el mismo servicio.
Excluyó de las administraciones malas la del vicealmirante Iván Peña Castillo. 








PUBLICADO POR:

EL PERIODIKITO DIGITAL


MIEMBROS DE FUNDACION ONEYDA CAYETANO SOLICITAN CUMPLIMIENTO Y MODIFICACION DE LEY 352-98 DE PROECCION A ENVEJECIENTES

miércoles, 1 de octubre de 2008


SOLICITAN MODIFICACION LEY 352­­­─98




La fundación Oneyda Cayetano a beneficio de Envejecientes en Asilos y Hogar de Leprosos FOCBEAHOL entrego un documento al presidente de la cámara de diputados en el que proponen modificaciones a la ley 352-98 sobre protección a la persona envejeciente.

Oneyda Cayetano Suberví, presidenta de dicha fundación recordó que hoy 1ro. De Octubre es el Día Nacional del Envejeciente y todavía la ley no se cumple a plenitud y sugirió a su vez la construcción de un centro de atención integral para envejecientes
 
 




 

 

 

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